No descartó un escenario de conflicto entre poderes si los ministros Luis María Benítez Riera y Gladys Ester Bareiro de Módica, cuyos mandatos fenecen en diciembre, no son confirmados por el Senado, y acudan a la Corte Suprema presentando una acción de inconstitucionalidad como ya ocurrió en años anteriores.
Torres dijo que, en ese caso, como autoridad competente, el pleno de la Corte se reserva el derecho de resolver.
En tono ambiguo y con reservas, el ministro dijo que, en uso de sus atribuciones, la Corte entenderá sobre eventuales pedidos de inconstitucionalidad que se planteen si los ministros no son confirmados. “Si se planteara nuevamente algo similar que ya se dio con anterioridad, podemos tener la misma opinión o cambiar”, refirió, pero al mismo tiempo definió que la Constitución es clara en cuanto a inamovilidad.
“El ministro adquiere inamovilidad hasta la edad de 75 años y solamente puede ser cesado por juicio político”, remarcó.
Sin embargo, agregó que, según el Senado, “la otra teoría es interpretar los artículos 261 (sobre remoción y cesación de ministros de la Corte) y 262 (del procedimiento del Consejo de la Magistratura) y lograr la inamovilidad tras ser confirmado dos veces”, afirmó Torres Kirmser.
El alto magistrado no escondió la sorpresa por la propuesta de un grupo de senadores que, proyecto de resolución mediante, buscan la confirmación de los dos ministros en cuestión.
Competencia. En cuanto a la posibilidad de que los ministros vayan a judicializar una eventual resolución de no confirmación del Senado en sus cargos, dijo que está en el ámbito de su competencia resolver. “Si se judicializa, los únicos que podrían resolver son los ministros de la Corte Suprema de Justicia”, aseveró.
En contra. Varias voces en contra de un procedimiento para confirmar a Benítez Riera y Bareiro de Módica se alzaron ayer en el Senado.
El senador Eduardo Petta, del Partido Encuentro Nacional (PEN), atacó el pedido de inconstitucional.
“Si hacemos una confirmación directa tenemos que encontrar el precepto constitucional que nos diga que eso es correcto”, mencionó y agregó que “no existen tales atribuciones para el Congreso y es una práctica política que se dio en este tiempo; desde 1999 que se vienen con los acuerdos políticos”, refirió el parlamentario encuentrista.
Por su parte, la senadora Desireé Masi, del Partido Democrático Progresista (PDP), añadió que no se debe inventar un procedimiento fuera de la Constitución y abogó por el concurso de los ministros de la Corte.