El fallo fue firmado por los ministros Luis María Benítez Riera, Sindulfo Blanco y Alicia Pucheta de Correa, que resolvieron la contienda de competencia negativa entre los jueces Humberto René Otazú y Paublino Escobar.
Otazú entendía en la causa por supuesto lavado de dinero para el diputado suplente y el intendente de Capitán Bado, pero luego se declaró incompetente con respecto a la nueva imputación por narcotráfico y asociación criminal.
Fue así que el juez Paublino Escobar aceptó la causa, pero sin dividir el caso. Es decir, también el caso de lavado de dinero.
Después, en la preliminar, hizo lugar a una excepción de incompetencia de jurisdicción, con lo que como ambos jueces se declararon sin competencia, la Corte decidió quien debía seguir en el caso.
Según la máxima instancia judicial, el lavado de dinero es el delito principal, mientras que los demás delitos son emergentes del principal, con lo que el juez natural debía ser Humberto Otazú.
Ahora, deberá realizarse la audiencia preliminar.