25 abr. 2024

Corte deja a empresa importar productos sin pasar por registro

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia resolvió a favor de la empresa Global System SA la suspensión del decreto Nº 1.635/1999 y la resolución Nº 385/2011 del Ministerio del Salud Pública, que establece que todos los productos a ser comercializados dentro del territorio nacional deben contar un registro sanitario.

Documento.  La Sala Constitucional deja sin efecto resoluciones y decretos de salud.

Documento. La Sala Constitucional deja sin efecto resoluciones y decretos de salud.

Esta medida, otorgada por los ministros Myriam Peña Candia, Gladys Bareiro de Módica y Antonio Fretes, corre hasta tanto se resuelva la acción de inconstitucionalidad presentada por la firma.

La doctora Laura Mendoza, directora del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN) lamentó la decisión de la Sala Constitucional al poner en peligro la salud de la población, porque la empresa que accionó contra las resoluciones puede importar y comercializar cualquier producto sin ningún control.

Explicó que tras dejar sin efecto el decreto Nº 1.635/1999 y la resolución 385/ 2011, el INAN pierde el control y sentará un mal precedente que habilitaría a más empresas a accionar para poder ingresar y comercializar productos sin registro. “Ya con el contrabando nuestras fronteras son extremadamente vulnerables y ahora con estos productos que ingresan, que no sabemos el origen, que no vamos a saber dónde se vende”, resaltó Mendoza.

Global System ya había presentado una acción similar en agosto pasado para importar perfumes sin registro.

La directora ejemplificó lo que pasó con el alerta del lote de atún con alta cantidad de mercurio procedente de Colombia. “Al mirar nuestros registros vemos que ese lote jamás ingresó al país porque importamos de Ecuador y con eso le podemos decir a la ciudadanía que esté tranquila”.

Dijo que Global System nunca gestionó ningún registro en la INAN y que no puede argumentar burocracia en el trámite. Salud, a través del INAN, comunicó que no puede asegurar inocuidad de alimentos no registrados, que ingresan sin control alguno o son adquiridos ilegalmente.

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