19 abr. 2024

Corte confirma 23 años de prisión a mujer que mandó matar a pareja

Según se probó en juicio, la hoy condenada mandó matar a su concubino porque dilapidó el dinero en otra mujer con quien le fue infiel. Pagó 80 millones a los sicarios que mataron al hombre y lo tiraron al río Paraguay.

Flotando.  En la zona de Piquete Cué, en julio del 2011, hallaron el cadáver de la víctima.

Flotando. En la zona de Piquete Cué, en julio del 2011, hallaron el cadáver de la víctima.

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la pena de 23 años de cárcel para una mujer que mandó matar a su pareja, cuyo cadáver con un destornillador en el cuello y una piedra atada fue arrojado al río Paraguay.

La condenada es Jorgelina Prieto Ferreira, de 38 años, quien fue encontrada culpable de homicidio doloso agravado, conforme con la resoluciones confirmadas.

La mujer fue encontrada culpable de pagar unos 80 millones de guaraníes para que sicarios maten a Lorenzo Ramón Reyes Florentín, cuyo cadáver fue encontrado el 15 de julio de 2011 flotando en el río Paraguay, frente a la zona de Piquete Cué.

El cuerpo estaba maniatado, con un destornillador clavado en la garganta y una piedra atada a la cintura. Tenía en total siete heridas de arma blanca, conforme se probó en el juicio oral.

La mujer fue condenada a la citada pena en juicio oral el 14 de abril de 2015, en Luque, por los jueces Daniel Ledesma, Hugo Segovia y Alicia Orrego.

Este fallo fue confirmado por acuerdo y sentencia del 12 de diciembre de 2015, por el Tribunal de Apelación de San Lorenzo, integrado por los camaristas Fabriciano Villalba, Lourdes Cardozo y María Teresa González.

CASACIÓN. Los abogados Mariel Zelaya y Alfredo Delgado plantearon recurso extraordinario de casación en contra de los fallos que condenaron a la mujer a la citada pena, que cumple en el Penal de Mujeres del Buen Pastor.

Los defensores atacaron las sentencias y pidieron que sean anuladas.

No obstante, según los ministros Sindulfo Blanco, Alicia Pucheta de Correa y Luis María Benítez Riera, el escrito no contaba con los requisitos formales para ser admitido.

El escrito de los abogados “resulta sombrío, confuso, que en materia de agravios plantea en contra del fallo en cuestión, no siendo sendero para transitar el recurso cuando no es autosuficiente”.

Incluso, apuntan que hicieron una “reedición o copy paste de argumentos” articulados en el recurso de apelación especial.

Con ello, declararon inadmisible el recurso y confirmaron el fallo. Dispusieron su remisión a los jueces para la ejecución del fallo.

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