Por Raúl Ramírez Bogado
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La Sala Penal de la Corte, finalmente, redujo los honorarios del abogado de la Municipalidad de Asunción, a quien le habían regulado G. 12.628.044, IVA incluido, al ganar un juicio por una multa de la Comuna de G. 154.818.
Los ministros Alicia Pucheta de Correa, Sindulfo Blanco y Luis María Benítez Riera, con voto dividido, retasaron el monto a G. 287.001, más el IVA de G. 28.700, lo que suma G. 315.701, según la resolución.
La regulación de los honorarios fue del abogado Guido Enrique Cabral Silvero, quien representó a la Municipalidad de Asunción, y presentó un solo escrito de cuatro páginas.
La demanda contencioso-administrativa fue presentada por Ana Lucina Giménez viuda de Vera ante el Tribunal de Cuentas, Segunda Sala, integrada por los magistrados Amado Verón, Ramón Rolando Ojeda y Arsenio Coronel Benítez.
EL CASO. La mujer tuvo un accidente el 29 de octubre de 2009, en la avenida Fernando de la Mora y Tarumá, donde fue atropellada por un motociclista.
A raíz del hecho, el Juzgado de Faltas del Quinto Turno, de Asunción, le impuso una multa de G. 154.818, por trasgredir el artículo 118, inc. a) del Reglamento de Tránsito. Esto fue apelado y la Intendencia capitalina ratificó la multa aplicada.
Con ello, Giménez acudió al Tribunal de Cuentas, ya que la mujer quedó como culpable del accidente y fue demandada en tribunales por daños y perjuicios.
Sin embargo, el Tribunal de Cuentas, el 5 de noviembre de 2012, por Acuerdo y Sentencia Nº 706, rechazó la demanda y confirmó la multa de G. 154.818.
Luego regularon los honorarios a Guido Enrique Cabral Silvero, abogado de la Municipalidad, por la suma de G. 11.480.040, más el IVA de G. 1.148.004.
LA CORTE. La apelación fue planteada por el abogado Francisco Solano Meza, que argumentó que el Tribunal de Cuentas se excedió al fijar la suma, ya que entendió que no había una base imponible.
Por su parte, el abogado municipal alegó que la apelación era infundada y hasta de mala fe. Pidió que se ratifiquen los más de 12 millones de honorarios.
Los ministros Blanco y Benítez Riera votaron por retasar los honorarios en G. 287.001, más el IVA, ya que el juicio sí tenía un valor pecuniario, que fue la multa apelada por la parte actora.
Por su parte, Pucheta votó en minoría. Alega que los honorarios sean de G. 191.334, más el IVA, que son los tres jornales mínimos establecidos por la ley.
Con ello, los honorarios fueron reducidos por la Corte en la citada suma.