Estos apartados de la normativa prohíben que se sigan otorgando rubros de docencia a funcionarios que realizan funciones administrativas y establece que los cargos de docente investigador solo pueden ser ocupados a través de concursos.
La disposición fue firmada por los ministros de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) Miguel Bajac, Miryam Peña y Sindulfo Blanco, en mayo. Tiene vigencia hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo de la acción de inconstitucionalidad presentada por la UNA.
Según el asesor jurídico de la UNA, Daniel Sosa, el principal motivo por el cual se impulsó la medida cautelar contra la Ley 5554 es que la aplicación de esta normativa dejaría sin timón al Rectorado y a los decanatos.
Remarcó que el Estatuto de la UNA establece que los cargos de rector, vicerrector y decano, entre otros, son cargos docentes y compatibles con otros rubros administrativos.
Los estudiantes quedaron sorprendidos con esta acción, ya que consideran que la Corte otorgó luz verde para revivir el “esquema Froilán”, que repartió a cientos de funcionarios administrativos los rubros que debían ser destinados a profesores e investigadores.
Privilegios. Mientras tanto, el Estatuto de Froilán sigue vigente en la UNA. Pese a los meses de trabajo y numerosas reuniones propuestas por los alumnos, la mayoría docente sigue rechazando las modificaciones.
Los tres ejes que plantea el estudiantado son: equidad en los consejos y en la Asamblea, que la reelección solo pueda darse una vez (en forma consecutiva o alternada) y que las personas que ocupen cargos de confianza no sean miembros de las instancias de gobierno.