Así también se remitió el listado de municipalidades que durante el año pasado –si bien han comunicado sus PAC– posteriormente no han comunicado sus llamados a contratación y por ende tampoco sus adjudicaciones; motivo por el cual dichos procedimientos de compra no tuvieron la obligatoria difusión en el portal de Contrataciones.
En total, son 35 municipalidades las que no han comunicado sus PAC para este año y 11 aquellas que no han comunicado sus llamados a contratación durante el año pasado.
La Ley N° 2051/03, en su artículo 12 reza: “A más tardar el veintiocho de febrero de cada año, de acuerdo con el Presupuesto General de la Nación o los Presupuestos Municipales vigentes, con los decretos y resoluciones reglamentarias y con los lineamientos emitidos, los organismos, las entidades o las municipalidades elaborarán el Programa Anual de Contrataciones, sujetándose a las previsiones establecidas en la Ley de Administración Financiera y su reglamento. El Programa Anual de Contrataciones incluirá aquellos proyectos que abarquen más de un ejercicio fiscal”.
El mencionado artículo continúa estableciendo que “el referido programa deberá ser puesto a disposición de los interesados, tanto en las oficinas de los organismos, las entidades o las municipalidades, como a través del Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP)”. La difusión de las compras públicas a través del portal de la DNCP es obligatoria para todas las instituciones públicas.