El mandatario firmó este martes el decreto por el cual promulga la Ley N° 5738/2016, que tiene por objeto garantizar el derecho del niño y adolescente que estudia en instituciones educativas privadas, con respecto a las cuotas y aranceles educativos.
La normativa, en su segundo artículo, establece cincos puntos específicos que los colegios privados ya no podrán hacer en caso de que el alumno esté atrasado en el pago de su cuota mensual.
Uno de los puntos más resaltantes es que ya no se podrá denegar el derecho a exámenes parciales o finales a los estudiantes que estén atrasados en sus cuotas o en el pago de aranceles, según informa la web de la Presidencia de la República.
Tampoco las autoridades de los centros educativos privados podrán retener las libretas de calificaciones o hacer público el estado de cuenta de las cuotas.
Además, con la normativa se prohíbe cualquier otra medida que pueda afectar el derecho a la permanencia y acceso oportuno a la educación.