Las experiencias que se dieron en torno al tema ponen en jaque a los senadores, en momentos en que está pendiente el juicio político a tres ministros de la Corte: Óscar Bajac, Sindulfo Blanco y César Garay.
En el artículo 225 de la Constitución se habla del juicio político, se establece quiénes serán los pasibles y los motivos, citando el término muy general “mal desempeño de funciones”. Se indica que la acusación será formulada por la Cámara de Diputados, por mayoría de dos tercios, y que el Senado, por esa misma mayoría, debe hacer el juzgamiento; sin embargo, no se establece ningún procedimiento.
En el caso del ex presidente Fernando Lugo, los parlamentarios habían llevado adelante un juicio exprés que terminó dejándolo fuera del poder.
Un mecanismo similar se quiso implementar en el caso de los ministros de la Corte, que en este momento quedan en lista de espera. Los que están en contra, exigen que se cambie el procedimiento.
Pérdida de investidura. Este artículo constitucional desató varias polémicas en momentos en que surgieron varios hechos que afectaron a diferentes legisladores en distintos ámbitos. En principio hubo una intención de incluir en el reglamento interno que sigue pendiente en el Senado, pero que una vez más se promete que se analizará tras el receso parlamentario. La Constitución menciona como motivos de la pérdida de investidura la violación del régimen de inhabilidades e incompatibilidades previstas en la Constitución y el uso de influencias fehacientemente comprobado. Uno de los casos en los que se mencionaron que podría haber pérdida de la investidura fue en el del diputado colorado, José María Ibáñez, quien fue imputado por usar dinero público para pagar a sus caseros.