La Superintendencia de Bancos informó igualmente que el límite máximo aplicable por el uso del plástico en moneda extranjera será de 7,27%, según se observa en el comunicado del BCP.
La presente publicación se realiza de conformidad al artículo noveno de la Ley N° 5476/2015, a fin de que las personas físicas o jurídicas que actúan en el mercado financiero y de crédito, ya sea con recursos financieros propios o del público, cumplan con las disposiciones legales vigentes en la materia.
En caso de que existiere transgresión, los afectados deberán recurrir a las instancias pertinentes para denunciar. Asimismo, la Superintendencia de Bancos habilitó un registro de las publicaciones mensuales que pueden ser encontradas en el sitio web http://www.bcp.gov.py.