25 abr. 2024

Bancos deben informar cada operación cambiaria que hagan

Con la Resolución General 92/16 se establece que las entidades que realizan operaciones de cambio de monedas deberán expedir un documento formal por cada transacción, informó la viceministra de Tributación, Marta González Ayala. Agregó que con esta normativa se busca uniformar la documentación de las operaciones de compra y venta de moneda extranjera.

La RG 92 establece criterios particulares para la emisión de facturas por las operaciones de cambio (compra y venta) de divisas realizadas por los bancos, financieras, casas de cambio y auxiliares de operaciones de intermediación financiera conocidos como “cambistas”.

A partir de noviembre, los mismos están obligados a emitir una factura por cada transacción de compra y venta de divisas, independientemente de que el adquirente o el enajenante sea contribuyente o consumidor final.

“Actualmente las casas de cambio, los cambistas, están emitiendo una factura por cada operación. En el caso de los bancos y las entidades financieras lo que se estaba haciendo era documentar de una manera global la operación de compra-venta de monedas. A partir de noviembre van a tener un criterio único para documentar estas transacciones. Con esto, lo que estamos haciendo es facilitar al comprador o al vendedor (para) contar con un documento formal por cada transacción”, explicó en declaraciones a Latele.

Añadió que la factura a ser emitida deberá incorporar datos como, por ejemplo, cantidad que se compra y vende, el tipo de cambio, entre otros.

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