Tal postura fue señalada por el director interino de Tránsito de la institución municipal, Florentín Giménez, quien estimó que esto sería efectivo recién desde el 2016, cuando esta norma sea sancionada y sea ajustada a los municipios.
Indicó que la Municipalidad de Asunción cuenta con un archivo informático proveído por el Registro Único del Automotor (RUA) con la lista de personas que declararon tener domicilio legal en la capital. “Si una persona vive en Asunción debe tener su patente, su registro y su precinta de la capital. Eso siempre tenía que ser así. Lo que hace esta Ley de Tránsito y su reglamentación en el Decreto 3427/15 es juntar todo lo que está disperso en otras normas de la nación, con lo que se pretende regularizar esa situación de que los contribuyentes pagan estos tributos en cualquier municipio, ajeno en el cual viven”, precisó.
Agregó que “la misma ley que crea el RUA, la 608/13, habla de que los ciudadanos deben tener patente, precinta y registro del lugar de residencia que figura en su cédula verde. Y es esto lo que no se cumple y lo que se pretende corregir”.
REALIDAD. En otro momento, Giménez dijo que “en el Paraguay confundimos lo que es un domicilio legal. Y este se marca donde el ciudadano dice que vive en el Registro Electoral. Esa dirección que pone al anotarse, ese es su domicilio legal. Los que votan en Asunción generalmente sacan patente de San Bernardino. Si el Policía quiere demorar su vehículo puede hacerlo, ya que en la cédula verde dice que vive en Asunción, pero en su parabrisas la precinta dice San Bernardino. No es lo que corresponde. Pero ahora con esta ley, cuando esté bien, lo haremos”, afirmó.
“Ninguna ley puede ser retroactiva. Esto recién en el 2016 se podrá aplicar. Hay que esperar que esto salga del Congreso, con modificaciones. Ahí seguro la Junta Municipal tendrá que bajar los artículos que están establecidos al Reglamento General de Tránsito para que se pueda controlar y sancionar”, puntualizó.