La modificación de la ley de Alianza Público Privada (APP) y el aumento del impuesto del tabaco se ven como una cuestión personal entre Cartes y el Senado. Dejando de lado la cuestión, habría que preguntarse si esas dos medidas benefician o no benefician al país.
Con relación al tabaco, es justo que el impuesto selectivo al consumo aumente del 13% al 20%. El proyecto presentado por la senadora Esperanza Martínez establecía un impuesto del 50%, que no es excesivo considerando que en el Brasil es del 58%, en el Uruguay del 66% y en la Argentina del 68%. El impuesto bajo ha facilitado al Paraguay la tarea de convertirse en uno de los mayores contrabandistas de cigarrillos de América. El argumento de que las tabacaleras dan trabajo es tonto: todas las actividades nocivas dan trabajo, porque nadie perjudica al prójimo gratis, por puro idealismo, sino para ganar dinero. ¡Cuántos empleos crean la pornografía, el contrabando, la piratería y otras actividades que no deben favorecerse con incentivos impositivos!
Por otra parte, las ventajas del empleo se ven anuladas, en el caso del tabaco, con lo que debe gastar el Estado paraguayo, 100 millones de dólares o más al año, para atender a los enfermos del tabaco. Y esto desde el punto de vista puramente económico, sin tomar en cuenta los sufrimientos de los fumadores y de los no fumadores afectados por el tabaquismo ajeno. No es necesario decir que el tabaco enferma; esto hoy es una certeza científica, después de toda la campaña de desinformación emprendida por grandes tabacaleras para ocultarlo.
En cuanto a la Ley de APP, el Senado modificó el artículo 52, que le daba al Ejecutivo el derecho de firmar acuerdos con empresas privadas sin contar con la aprobación del Congreso. El argumento a favor de este privilegio del Ejecutivo es que el Congreso es demasiado lento. El muerto que se asusta del degollado. La ineficiencia del Legislativo se encuentra en situación de empate con la del Ejecutivo. Por otra parte, la velocidad del Ejecutivo puede ser un problema más grave que la lentitud. Sin la modificación del artículo 52 decidida por el Senado, ¿qué le impide al Ejecutivo negociar, en el mayor secreto, contratos con empresas privadas? La ley habla de confidencialidad, que en lenguaje popular se llama secreto. Ya se negocian acuerdos de ese tipo, según informa el Dr. Víctor Pavón en su artículo “APP y reglas institucionales” (abc, 2/6/15). ¿Si el Paraguay considera que no le convienen los acuerdos de Cartes y desea dejarlos sin efecto? Es de suponer que la cuestión deberá plantearse en tribunales internacionales, de los preferidos por las multinacionales, y donde poca chance tenemos de ganar.
La confianza es buena, el control es mejor. Aun sin dudar del presidente Cartes, no corresponde darle tantas facultades en cuestiones decisivas como la educación, la salud, la energía y los servicios básicos. Porque aquí no está en juego una cuestión personal sino institucional: nadie debe manejar en forma discrecional los recursos y servicios del Estado.