“El juez se equivocó porque lo que tenemos en trámite son procesos de evaluación de carpetas técnicas y ordenó que paren los trabajos. Con eso se ilustra que el juez confundió la explotación con la evaluación de las carpetas, entendiendo que ya se están haciendo trabajos que nunca se hicieron”, refiere el abogado al justificar la apelación que presentó para que se revoque dicha medida cautelar.
“Cuando el juez asume una posición errónea, no tenemos otra vía más que aclarar la situación a través de la apelación del fallo que nos agrede en sus consideraciones”, remarca.
Cañiza señala que el proyecto del MOPC se presentó en el marco de un proceso legalmente establecido, por lo que “no se puede hablar de un acto ilegítimo”. Además, el profesional atacó el argumento del magistrado que habla en su resolución de “intervención por medios traumáticos”, cuando que “tampoco la Seam dio aún licencia para tal efecto”.
“Nunca se terminó de evaluar, porque paró el juez el proceso”, insiste al afirmar que desde la asesoría jurídica no pueden decir si la iniciativa del MOPC –dentro del área silvestre protegida– es viable: “Eso lo tiene que decir Control Ambiental”.
En caso que se haga lugar a la apelación –anuncia– el proceso se retomará con audiencias públicas, donde se analizarán las objeciones de las comunidades indígenas y organizaciones civiles.