La idea es que sea la Corte la que se pronuncie sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad del Decreto Nº 6904, del 10 de marzo de 2017, que fue el que avaló el incremento realizado por la ANDE en el pliego de tarifas Nº 21.
Jorge Granada, asesor jurídico de la empresa pública, manifestó que la Fiscalía General del Estado es la que tiene que emitir primeramente su resolución y con ese documento recién la Corte podrá pronunciarse.
En lo que se refiere al amparo de la compañía Clyfsa, también se encuentra en la Corte para su resolución. La empresa comercializadora de energía de Villarrica intenta frenar la aplicación de los nuevos precios y, a diferencia de la denuncia de los ciudadanos, el Juzgado de su localidad sí otorgó una medida cautelar, por lo que la ANDE no puede cobrar las nuevas tarifas mientras dure el proceso.
En sus contestaciones, la ANDE ratificó que las denuncias carecen de fundamentos, principalmente, porque es un decreto del Poder Ejecutivo el que autorizó la suba.
Añadió que en el caso específico de la denuncia ciudadana, varias firmas corresponden a personas que incluso son alcanzadas por la tarifa social (precio diferencial) y otras a pobladores de Villarrica, que son facturados por Clyfsa.
La estatal asegura que necesita tener más ingresos para mejorar la calidad del servicio.