En este expediente abordado el 1 de diciembre de 2014, el más alto tribunal de justicia del país se pronuncia sobre el caso de un marido afligido por su separación que profirió amenazas de muerte contra su mujer en Facebook.
“Hay una manera de amarte pero miles de matarte. No descansaré hasta que tu cuerpo no esté despedazado, bañado en sangre, agonizando por sus heridas. ¡Date prisa, revienta, puta!”, escribió Anthony Elonis en la red social.
La Corte Suprema debía decidir si esas amenazas de muerte en Facebook tenían la intención de hacer daño o si estaban protegidas por la Constitución como ejercicio de la libertad de expresión.
En un fallo aprobado por ocho jueces y rechazado por uno, la Corte consideró “inútil examinar las cuestiones (vinculadas) a la Primera Enmienda” sobre la libertad de expresión. Por el contrario, estimó que “la mera negligencia no basta para justificar una condena cuando se trata de la comunicación de una amenaza”.
Detenido e inculpado, Anthony Elonis arguyó que sus mensajes solo tenían un carácter terapéutico, que no tuvo la menor intención de matar y que no constituían una verdadera amenaza. AFP