Los ministros Antonio Fretes, Gladys Bareiro de Módica y Miryam Peña Candia, en forma unánime, habían decidido rechazar la acción de inconstitucionalidad, al entender que no cumplía con los requisitos legales, además de que no existían siquiera indicios de arbitrariedad en los fallos impugnados. Además, alegaron que la acción solo pretendía, en realidad, incumplir con una orden judicial, para frustrar la ejecución de la sentencia, de la cual es el sujeto pasivo. Así también, los ministros de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia dispusieron la casación de la matrícula de Lezcano por las diversas chicanas que presentaba para evitar tener que cumplir la condena que le fue impuesta.
Lezcano fue condenado a 4 años de cárcel por un desvío de G. 1.600 millones.